La Memoria recoge la actividad desarrollada por el Instituto Asturiano de Infancia durante 2019.
Durante 2019 se han recibido en el Instituto Asturiano de Infancia 614 notificaciones sobre posibles situaciones de desprotección infantil. Se trata de una cantidad que mantiene el ascenso progresivo que se viene apreciando desde 2015, año en que con 415 se registra el número más bajo de notificaciones desde el año 2000.
Del total de notificaciones se constata que existe una situación de desprotección que exige la aplicación de una medida protectora con 364 niños y niñas, que son a quienes se abre expediente. Es una cantidad comparable a la de años anteriores.
De estos menores a quienes se ha abierto un expediente de protección, 225 son varones y 139 mujeres. La presencia de menores extranjeros no abandonados varones explica esta importante diferencia. Y más de un tercio de esos 364 menores son adolescentes con edades comprendidas entre los 15 y los 17 años.
Atendiendo al lugar de residencia de los menores a quienes se abre expediente de protección el 60% provienen de Gijón (102), Oviedo (62) y de otros países (54).
El 60% de las notificaciones que concluyen con la apertura de un expediente de protección fueron enviadas al Instituto de Infancia por los Servicios Sociales Municipales (115) y por la Guardia Civil o Policía Nacional (103).
El motivo principal por el que se justifica que un niño o niña puede estar en una situación de desprotección infantil en las notificaciones que concluyen en la apertura de un expediente, siguen siendo las situaciones de negligencia, seguida de la incapacidad parental de control de la conducta del hijo o de la hija. Se trata de dos tipologías de desprotección infantil bien definidas por la literatura científica, que se caracterizan por relacionarse inversamente con la edad: La negligencia es más grave en las primeras etapas de la vida y va perdiendo intensidad en la adolescencia, a medida que los chicos y chicas aumentan su capacidad de autoprotección. En cambio, la incapacidad parental para el control de la conducta se va intensificando con la edad.
De las intervenciones desarrolladas por los programas de prevención y apoyo a las familias se han beneficiado 4.300 niños y niñas.
Durante 2019 se constituyeron 86 acogimientos familiares, 50 en familia extensa y 36 en familia ajena. Al finalizar el año el número total de acogimientos en activo era de 387, 342 de los cuales eran en familia extensa y 45 en familia ajena.
A lo largo de 2019 fueron acogidos en centros de protección 648 menores. Debido a las bajas que se produjeron durante todo el año, llegados al 31 de diciembre quedaban acogidos en los centros 362 menores.
160 ex tutelados mayores de edad permanecieron durante 2019 participando en programas de preparación para la vida adulta en distintos recursos del Instituto de Infancia. A 31 de diciembre permanecían en estos programas 66 jóvenes ex tutelados.
Durante 2019 el Instituto de Infancia presentó al juzgado 21 propuestas de adopción, y se recibieron 16 autos judiciales constituyéndola.
https://www.observatoriodelainfanciadeasturias.es/documentos/f20092020021921.pdf
Fuente: Observatorio de la Infancia y la Adolescencia – Consejería de Servicios y Derechos Sociales – Principado de Asturias
«La Memoria se incorpora en la Biblioteca Virtual de la página web del Observatorio de la Infancia
La Memoria recoge la actividad desarrollada durante el año 2018 por el Instituto Asturiano para la Atención Integral a la Infancia (IAAII) en materia de protección de menores.
La Memoria se inicia con un apartado dedicado a la población menor de edad de Asturias. En relación con este tema es de destacar que Asturias sigue siendo la Comunidad española con el porcentaje más bajo de población menor de edad. Mientras la media española se sitúa en el 17,77% del total de la población, el Principado de Asturias tiene el 13,20%. Galicia con 14,33 y Castilla y León con 14,47% son las Comunidades que le siguen con los porcentajes de población infantil más bajos.
Y, unido al bajo porcentaje de la población menor de edad, otra de las características es que ésta se concentra en las Áreas Territoriales de Oviedo, Gijón y Avilés, en esta pequeña parte del centro de Asturias se concentra casi el 80% de su población infantil.
En 2018 el IAAII abrió 334 expedientes de protección de menores, un tercio de ellos de los municipios de Gijón y Oviedo. Se trata de casos que en un 33% han sido comunicados por la Policía y la Guardia Civil y un 27% por los Servicios Sociales Municipales. Una quinta parte de los expedientes se abren debido a situaciones de abandono físico o negligencia.
En cuanto a los programas de prevención y apoyo a las familias destacar el importante número de familias y menores beneficiarios del Programa de Intervención Técnica de Apoyo a las Familias y del Programa de Parentalidad Positiva.
En 2018 se constituyeron 61 acogimientos familiares, quedando activos a final de año un total de 438, de los cuales 379 en familia extensa y 59 en familia ajena.
En adopción nacional el IAAII remitió al Juzgado 21 propuestas de adopción y recibió 21 autos judiciales constituyendo adopciones. Y fueron 4 los menores de adopción internacional que llegaron a Asturias en 2018.
A 31 de diciembre de 2018 permanecían en acogimiento residencial 411 menores de edad y 49 mayores de edad extutelados en programas de preparación y apoyo para la vida independiente. 138 de estos menores de edad son extranjeros.»
Fuente: Observatorio de la Infancia y la Adolescencia – Consejería de Servicios y Derechos Sociales – Principado de Asturias
Fuente: El Comercio
Fuente: Europa Press
tantos años en esta situación de indefinición». Es la respuesta ante los nervios de las familias por parte de la directora general de la Infancia y la Adolescencia de la Generalitat, Rosa Molero. «Las familias pueden estar tranquilas», añade.
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Claro que hay inquietud por el caso de Joan. ¿Me puede pasar a mí? Esa es la pregunta que se hacen algunas familias que nos llaman. Lo normal es que la preadopción siga adelante y no pase nada. Pero dramas como este te meten el miedo en el cuerpo». Ruth Martínez, fundadora de la asociación Adoptants, que engloba a más de un centenar de hogares de la Comunitat en fase de acogida o con un niño ya adoptado, reconoce que la trágica ida y vuelta consumada esta semana del pequeño de cuatro años desde su casa de preadopción en Sueca, su hogar durante tres años, hasta los brazos de su madre biológica ha sembrado la inquietud entre las familias que hoy en día dan techo a un niño, que anhelan culminar la adopción pero que aún no tienen el proceso culminado.
«En absoluto, no debe haber ninguna inquietud. Todas las administraciones tenemos fallos, pero este caso es absolutamente insólito. Es insólito que se tarde tanto tiempo y tremendamente injusto que un niño pase tantos años en esta situación de indefinición». Es la respuesta ante los nervios de las familias por parte de la directora general de la Infancia y la Adolescencia de la Generalitat, Rosa Molero. «Las familias pueden estar tranquilas», añade.
Pero lo cierto es que el drama vivido por Joan, por sus padres de preadopción y por su madre biológica se ha añadido como una montaña más que superar, aunque sea psicológica, en la cordillera de dificultades que afrontan todos aquellos que optan por convertirse en padres mediante una adopción. «Esta semana, cientos de personas han llamado a la Consejería de Servicios Sociales, aterrados porque les puedan quitar a sus niños. No es lo normal, pero siempre que existe acogimiento preadoptivo, puede pasar lo que ha ocurrido con Joan», subraya Enrique Vila, abogado de la pareja de acogimiento del pequeño de Sueca. «Es necesario cambiar la ley para que un niño no pase a manos de la familia preadoptiva hasta que el proceso judicial sea firme y no haya marcha atrás», añade el letrado.
En la Comunitat Valenciana hay 145 familias de acogimiento preadoptivo (ahora llamadas de ‘guarda con fines de adopción’): 96 en Valencia, 33 en Alicante y 16 en Castellón, según datos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Pero el espectro existente de aspirantes a convertirse en padre o madre de adopción se dispara al contemplar el atasco que existe en el sistema. «La adopción nacional está colapsada, sobre todo en la Comunitat Valenciana, que es donde más atasco existe», asegura Ruth Martínez. La directora general de Infancia y Adolescencia reconoce que hay «mucho por hacer». Acepta la falta de personal, psicólogos y equipos encargados de evaluar a las familias.
Rosa Molero habla de unos ocho años para culminar una adopción. Las estadísticas son más reveladoras. Basta echar un vistazo a la lista de la conselleria con las familias valencianas pendientes de recibir el certificado de idoneidad, el papel necesario para convertirse en candidatos a la posterior asignación de un niño. Un total de 2.527 familias a las que ni siquiera se ha realizado aún el examen psicosocial. Y muchas de ellas, a la espera desde 2006. Una década de impaciencia. A ello hay que sumarle otras 170 personas ya con este certificado pero sin menor asignado. Y el atasco aumenta día a día. Cada año, la Comunitat registra 250 solicitudes de adopción nacional. Y por auto se conceden 80. Apenas una de cada tres expectativas queda cumplida.
«Nuestra petición es que se suspenda la recepción de nuevas solicitudes de adopción hasta que se resuelva el atasco existente. Es inhumano tener a las personas así, a la espera de un certificado o una llamada por el sueño de ser padres. El que ha presentado los papeles este año o hace poco, no es consciente de que quizás no logre adoptar nunca». La directora general pone sobre la mesa otro mal que se ha extendido y que pervierte el sentido en este caso de los acogimientos, la figura escogida para que menores cuya tutela está temporalmente en manos del Consell pasen un tiempo en un buen ambiente a la espera de constatar si pueden regresar con sus padres o familias. «El 80% de los acogimientos se han transformado en permanentes, y esto es algo que tenemos que arreglar», subraya Molero, en aras a lograr que efectivamente el acogimiento se convierta en algo transitorio hasta el regreso del menor a su entorno o su posible adopción.
La falta de personal que la conselleria reconoce es calificado desde la asociación Adoptants como «brutal». Más necesidad de psicólogos, «falta de personal en los centros de menores, falta de personal para controlar cuánto tiempo pasan los niños en las familias de acogida»… O escasez de personal «en el departamento de orígenes de la conselleria, el encargado de gestionar el derecho de todo niño a saber de dónde viene o cuál es su origen, que hace que la respuesta se demore hasta un año».
En cualquier caso, la posibilidad de que se repita un caso como el de Sueca es mínima. La directora general insiste mucho en ello. «Es insólito», repite en muchos fragmentos de la conversación. Sus dudas acerca de si en el caso de Joan se ha seguido el mejor camino son palpables. «Debe siempre mandar el interés superior del menor. Ni un juez, ni un equipo psicosocial ni la administración pueden hacer lo que quieran, sino seguir siempre la práctica más satisfactoria con el niño. Incluso la ley marca que debe ser siempre escuchado y tenido en cuenta, si puede hacerlo, sea cual sea su edad», subraya Rosa Molero.
«Es insólito», repite la responsable autonómica. Recuerda que un niño no entra en el sistema de adopción hasta que previamente no se ha estudiado «convenientemente su entorno y descartado que en su familia extensa no exista alguien que pueda hacerse cargo de él». Si no, se corre el peligro de incurrir en lo que Molero destacaba hace unos días en LAS PROVINCIAS: «Es una enorme barbaridad no haber facilitado un periodo de adaptación. En la memoria traumática del niño esto va a recordarlo como si fuera un abandono, es algo que lo va a marcar de adulto».
Diferencias legales entre acogimiento, preadopción y adopción. Preguntamos a un experto para entender el caso del niño de Sueca.
Esta semana ha saltado a los medios un caso desgarrador, el de Joan, un niño de cuatro años que fue devuelto a su madre biológica tras haber permanecido durante tres años con una familia en Sueca (Valencia) en régimen de preadopción. Una situación tremendamente difícil para ambas familias, y en medio, el niño, protagonista de un drama que es incapaz de comprender. La madre biológica dio su versión en una carta abierta y también lo hizo el padre preadoptivo en su nombre y en el de su mujer, tras haber entregado al niño a quien cuidaron desde que tenía 18 meses.
Hemos hablado con Benedicto García, coordinador de CORA (Coordinadora de Asociaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento) quien nos explica algunas cuestiones interesantes sobre este caso y sobre las adopciones en nuestro país. Él, a su vez, tiene dos hijos adoptivos, una niña india y un niño fruto de una adopción nacional.
-¿Qué diferencias legales hay entre acogimiento, preadopción y adopción?
Respuesta: El acogimiento puede ser residencial o familiar. En el residencial el niño está una institución y la tutela es de la administración. En un acogimiento familiar, la custodia está en la familia, pero la tutela siempre es de la administración.
En la adopción son los padres quienes tienen la tutela, guardia y custodia del menor. Tienen las mismas obligaciones que con cualquier hijo biológico. No hay diferencia.
La preadopción no existe como figura legal. Existe el acogimiento preadoptivo, que con la nueva ley de Protección al Menor (aprobada en julio del 2015), y para evitar situaciones de conflicto, se denomina “guarda con finalidad de adopción”.
La tutela depende siempre de la administración, pero la guarda está en una familia o en la propia administración. En estos casos el objetivo siempre es la adopción. En el acogimiento no siempre lo es. Hay acogimientos temporales y acogimientos permanentes hasta que el menor pasa a ser mayor de edad.
-¿Cómo es el proceso de acogimiento preadoptivo? ¿Qué puede suceder durante ese proceso?
Respuesta: El acogimiento preadoptivo tiene lugar mientras se resuelve el procedimiento judicial de adopción. Una familia acoge a un niño con la finalidad de adoptarlo. Durante ese tiempo los adoptantes tienen la guardia y custodia pero el niño está tutelado por el Estado. El proceso puede durar entre seis y 18 meses, aunque en la práctica a veces la sentencia de adopción tarda algo más en llegar.
Cuando hay procesos en curso, como que la familia biológica reclame al menor, el caso seguirá su camino legal y al final habrá una sentencia judicial a favor de una de las dos partes. En la mayoría de los casos (más del 90%) se consigue la adopción. No ha sido el caso del niño de Sueca.
El del niño de Sueca (Valencia) ha sido un caso atípico y muy poco frecuente. En este caso, por el momento, no se consiguió la adopción. La sentencia es una disparidad de criterios, los jueces han tenido un criterio y la administración, en su momento, tuvo otro. Por eso hay un recurso ante el Tribunal Supremo y veremos cómo se soluciona.
En más del 90 por ciento de los casos, tras un acogimiento preadoptivo se consigue la adopción definitiva. Este no fue el caso del niño de Sueca.
Adopciones
-¿Cuánto tiempo tienen los padres biológicos para reclamar?
Respuesta: Actualmente se necesita una renuncia expresa por parte de la familia biológica para que el niño pueda ser dado en adopción. Si no se produce en cualquier momento de la vida del menor, hasta los 18 años, la familia puede reclamarlo. Si está en acogimiento, la justicia dictamina como considera.
Para evitar conflictos como este, una de las cosas que contempla la nueva ley de Protección a la Infancia cuando un menor está en acogimiento, a partir de los dos años que pasa a condición de acogimiento ya se puede iniciar un proceso de adopción con plenas garantías.
Si la familia biológica no ha manifestado ningún tipo de muestra de interés por el menor, está abandonado por la familia, aunque no lo haya expresado formalmente, la propia administración puede iniciar un proceso de adopción. Lo razonable es que el menor continúe en la familia de acogida o se le promueva a una familia de adopción que cuide de él.
Independientemente, todo proceso de adopción implica una sentencia judicial de adopción, que dependerá de la interpretación de un juez, señala. Con lo cual, hay que darles herramientas para que esa interpretación de la ley se dé de una forma apropiada para el interés superior del menor.
Actualmente se necesita una renuncia expresa por parte de la familia biológica para que el niño pueda ser dado en adopción.
-¿Qué otras mejoras contempla la nueva ley de Protección al Menor en materia de adopciones?
Respuesta: El espíritu principal de la nueva ley es el interés y el bien superior del menor.
En base a ese espíritu se pretende que, a ser posible, el menor siempre esté en una familia, es decir, que el acogimiento residencial sea el menor posible. Siempre para un niño lo mejor es una familia.
Por otra parte, establece que en los procesos de adopción internacional se regulen de forma más completa los procedimientos que hay que seguir. Una mejor coordinación entre administraciones con objetivos más compartidos entre todos.
Adopcion-Padre
Cada vez menos adopciones
También hablamos con Benedicto García sobre el descenso en el número de adopciones en España. Según datos del Ministerio de Sanidad, Seguridad Social e Igualdad, entre 2010 y 2014 las nuevas solicitudes de adopción en España se redujeron más de la mitad, de 3.376 a 1.431.
«Hay pocos menores en situación de adoptabilidad. Hay un mito popular que hay que intentar evitar: no todo los niños abandonados son adoptables. Por desgracia hay muchos niños abandonados, pero que por distintas situaciones, no son adoptables. Porque a pesar de estar abandonados siguen teniendo vínculos con su familia, con su país, con su situación… suelen ser consideraciones muy particulares en cada caso. La condición de adoptable la tienen muy pocos niños. Como hay pocos, las solicitudes son muchísimas»
En cuanto a adopciones internacionales, tras el boom que se produjo hace aproximadamente una década, también han bajado las adopciones fuera del país. En apenas cinco años han descendido de 3000 adopciones en el año 2009 a 824 en 2014.
«Primero, lo que se intenta es integrar al niño en su propio núcleo biológico, sino se intenta que sean acogidos en propio país (adopción nacional), y sino, adopción internacional. Los menores adoptables para internacional cada vez son menos. Los países están promoviendo cada vez más la adopción nacional en origen. Un cúmulo de casusísticas en el que los menores adoptables son pocos», explica García.
Plazos de adopciones
Así como las adopciones se reducen, las plazos van en aumento. «Los plazos han ido aumentando mucho en los últimos años. De media podríamos poner una franja entre los 4 y los 8 años, siendo 8 años cada vez más habitual», asegura.
Edad máxima 40-45 años
Uno de las limitaciones que plantea la ley de adopción en España es un límite de edad entre 40 y 45 años para solicitar una adopción. «Si cuando te van a asignar el menor superas la media de 40-45 años, no entras en la lista de espera. Con lo cual a los 35 deberías estar planteándote la adopción. En la situación actual, ¿quien tiene su vida estabilizada con 35 años? Si la tienes, tienes que haber decidido empezar a formar una familia. Y además, a primeras no te planteas una adopción, intentas tener un hijo biológico o recurres antes a la reproducción asistida».
La nueva ley recomienda una edad máxima, pero aún así cada comunidad tiene su competencia y aplica lo que considera oportuno. En Valencia, la edad máxima estipulada es de 45 años y en Madrid de 40 años.
La labor de CORA
CORA de CORA (Coordinadora de Asociaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento) es una federación que lleva 15 años funcionando y de la que actualmente forman parte 24 asociaciones. Proporciona ayuda a las familias, interviene con los agentes sociales adoptivos, intercambian información, pero nunca interviene en procesos de adopción.
Luchan para que haya un menor número de menores institucionalizados, que salgan a las familias, y otro asunto importante en el que están trabajando mucho es en la postadopción.
«Hemos tenido un boom adoptivo internacional en España hace una década aproximadamente. Llegamos a ser el primer país en número de adopciones internacionales. Esos niños han crecido, ahora son adolescentes y jóvenes, y hay mucho que trabajar en la postadopción», explica Benedicto.
Agradecemos a Benedicto García, coordinador de CORA, que haya accedido amablemente a responder a nuestras preguntas.
Fuente :http://www.bebesymas.com/infancia/diferencias-legales-entre-acogimiento-preadopcion-y-adopcion-preguntamos-a-un-experto-para-entender-el-caso-del-nino-de-sueca
«Es muy probable que el Supremo decida que el niño vuelva a Valencia en dos años«.
Una pareja de Valencia que tenía un menor en preacogimiento adoptivo tuvo que entregar a su madre biológica al menor por Sentencia del Tribunal de Justicia de Asturias.
INTRODUCCIÓN
Probablemente en vuestro centro haya menores con experiencias de abandono temprano. Estas niñas y niños son víctimas del abandono.
La sociedad responde con medidas reparadoras diferentes: acogida familiar y/o residencial, adopción, institucionalización. El ámbito familiar es el primer referente de sus vidas y el segundo es la escuela. Si bien es cierto que no podemos generalizar, su desarrollo está comprometido. En cualquiera de los ciclos que se incorporen, presentan unas características particulares y un número elevado tienen necesidades específicas y/o especiales, máxime cuando no tienen un diagnóstico que les arrope.
Las experiencias significativas de abandono, vivencias previas a las medidas de protección, dejan secuelas muy variadas en sus células; una CLAVE es que el APEGO FALLA. Las pérdidas, separaciones, desatención, negligencia…les causa un recorrido vital desorganizado e inarmónico respecto al resto del alumnado de sus aulas.
Por ello, a menudo se incorporan en desventaja al sistema educativo, siempre realizan algún sobreesfuerzo y tienen necesidades específicas
(tanto del entorno como educativas).
Las buenas prácticas de los equipos educativos nos han mostrado cuales pueden ser algunas de las claves para tener éxito en la incorporación,
inclusión y la labor diaria en el aula.
La Comunidad Autónoma de Andalucía a través de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales (Dirección General de Personas Mayores, Infancia y Familias) y en colaboración con el Observatorio de la Infancia de Andalucía y la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (Dirección General de Participación y Equidad), ha elaborado La Guía Entiéndeme, enséame (Guéa para la atención educativa al alumnado en situaciones de acogimiento familiar, adopción y acogimiento residencial), que pretende ser un instrumento de ayuda para el profesorado.
Os pasamos el enlace para acceder a ella:
http://www.elcomercio.es/asturias/201506/19/meninos-busca-familias-para-20150619144054.html
Calle Historiador Juan Uría 15, Bajo
33011 Oviedo
Teléfono: 985 208 124 | Fax: 985 209 029
E-mail: delegacion.asturias@meninos.org